Plagiar* es copiar una idea presentándola como si fuera de uno mismo, de la persona que lo plagia.
El hecho de realizar un plagio actualmente está penalizado. El plagio como sabemos puede ser literario, cinematográfico, musical, etc.

Lo que vemos en la imagen es la definición más gráfica de lo que es el plagio. Ahora bien... ¿Qué no es el plagio?
Lo que no es el plagio es realizar ideas propias, conocimientos universales que todo el mundo conoce y claramente, los debes de usar y cuando referenciamos y citamos la autoría de lo que copiamos.
Y si realizas plagio ¿cómo puedes evitarlo?
- Informarte perfectamente de quién es el autor del material que vas a usar
- Reconocer su autoría
- Citar correctamente
También hay aplicaciones que saben detectar el plagio, muy utilizadas en la universidades o en diversos alumnos para comprobar que no cometen plagio. Apps como Checker plagio, plagiarism checker, Skandy, Copyleaks y my turnit plagiarism.
En nuestra biblioteca de la UPO hay material suficiente que explica que es perfectamente el plagio y como evitarlo.
Es muy útil utilizar REBIUN para tratar la propiedad intelectual y por supuesto el plagio.
La propiedad intelectual no es ni más ni menos que el conjunto de derechos que corresponden a los autores respecto a sus obras.
La propiedad intelectual tiene una ley muy importante que voy a citar.
“Se presumirá autor, salvo prueba en contrario, a quien aparezca como tal en la obra, mediante su nombre, firma o signo que lo identifique. Cuando la obra se divulgue en forma anónima o bajo seudónimo o signo, el ejercicio de los derechos de propiedad intelectual corresponderá a la persona natural o jurídica que la saque a la luz con el consentimiento del autor, mientras éste no revele su identidad''- Apuntes de la EB 8.
La propiedad intelectual se va a dividir en dos partes.
- Propiedad Industrial
- derechos de autor
Esa persona o autor a su vez tiene derechos morales, son seis derechos.
● Realizar la divulgación de la obra. ● Exigir el reconocimiento de la autoría (atribución). ● Exigir el respecto a la integridad de la obra. ● Modificar la obra respetando los derechos adquiridos. ● Retirar la obra del comercio por cambio de convicciones, previa indemnización a los titulares de derechos de explotación, y reconociendo la preferencia de los anteriores titulares de derechos, en el caso de que decidiera reprender la explotación de su obra. ● Acceder al ejemplar único o raro de la obra que se encuentre en poder de otro.
- Apuntes EB 8Luego hay derechos patrimoniales que estos los pueden adquirir los editores (compensación económica).
También tenemos los derechos de explotación y derechos de simple remuneración.
Por último tenemos los derechos conexos .
Por último en esta entrada del blog hablaremos del Creative Commons donde hablaremos del copyrigth.
¿Qué es el copyrigth?
Es la protección legal de una obra de propiedad intelectual que le da a los autores derechos exclusivos.
También tenemos el copyleft; donde explica que se puede copiar una obra , usarla, distribuirla y reconociendo su autoría.
También hablaremos del Creative Commons que es como el copyleft y es distribuir gratuitamente
A todo esto se le denomina licencias CC.
Finalmente para acabar el blog comentare lo que se puede copiar y no de la web.
Normativas y conceptos básicos.
Las licencia de Creative Commons.
Normas básicas sobre los textos.
Herramientas útiles.
Descargar música y vídeos de formas legales.
REFERENCIAS O FUENTES:
Marketing Directo, 2013. El 63% de los contenidos digitales en 2014 serán plagio. En marketingdirecto. Disponible en: https://www.marketingdirecto.com/digital-general/digital/el-63-de-los-contenidos-digitales-en-2014-seran-plagios
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